GUARDIAS Y QUIMERAS
Termina un verano más y llegan los días otoñales a los
pueblos, podríamos repetir esas imágenes idílicas de la marcha de los
veraneantes y el regreso a esa vida suave, lenta y monótona de nuestros pueblos
durante el resto del año.
Esta visión resulta agradable a nuestros compañeros, que nos
ven como un baluarte de la profesión, con una actitud idílica y relajada que no
crea problemas al resto de los compañeros y sus dirigentes.
Pero desgraciadamente la realidad no es como a ellos les
gustaría que fuera, porque en verano o en el resto del año, los problemas de la
farmacia rural siguen estando presentes, la viabilidad de muchas farmacias está
en juego y el goteo de cierres continua. Y para estas y las demás la carga de
las guardias sigue siendo un problema, que quizás se hace más presente en la
época estival por el mal uso que los visitantes hacen de este servicio.
Durante mucho tiempo he tenido que escuchar de parte de
compañeros y miembros de nuestros órganos de representación que la culpa de que
tengamos que hacer tantas guardias la tiene la administración y por tanto, aunque
ellos nos comprenden y nos apoyan ante la administración no pueden hacer nada.
Resumiendo la administración es la gran culpable de nuestro problema y nuestros
dirigentes son unos compañeros bienintencionados que se encuentran con el muro
de la incomprensión y el egoísmo de la administración.
Incluso por parte de algunos, cuando insistes y los acorralas
argumentalmente, te dicen sin ningún rubor que cuando te fuiste a ejercer a un
pueblo ya sabias que tenías que hacer muchas guardias.
Si se molestan en ver La
Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, y la Ley 25/1990, de 20 de
diciembre, del Medicamento, en sus artículos 103 y 88, respectivamente,
establecen la consideración de las oficinas de farmacia abiertas al público
como establecimiento sanitario, y su sujeción a la planificación sanitaria en
orden a garantizar la adecuada asistencia farmacéutica. Es decir la
administración permite un modelo planificado para que como contraprestación se garantice
una adecuada asistencia farmacéutica, verbigracia mediante un sistema de
guardias.
Por su
parte, el Real Decreto-Ley 11/1996, de 17 de junio, de ampliación del servicio
farmacéutico a la población, en su artículo 4, contempla la jornada y horario
de los servicios farmacéuticos, así como el deber de quedar garantizada la
continuidad de la asistencia mediante turnos de guardia u otro sistema de
permanencia que aseguren un constante servicio a la población.
Para
cumplir esta función se hace necesario ordenar y regular los horarios y
jornadas de atención al público, los requisitos para su ampliación y la
determinación de los procedimientos a seguir, con objeto de garantizar un
servicio de atención continuada a la población.
La norma
es meridianamente clara en este aspecto, la administración permite un modelo
regulado para que como contraprestación las farmacias garanticen una adecuada
asistencia farmacéutica. Por tanto como he defendido desde hace mucho tiempo las
guardias no son una obligación particular de cada farmacéutico dependiendo de
la ubicación de su farmacia, es una contraprestación de todas las
farmacias a la administración y la
sociedad para que se permita un modelo regulado. Y esto es tan evidente que en
aquellos países donde no existe un modelo regulado, las guardias no son
obligatorias y en todo caso si alguna farmacia las realiza se les compensa
adecuadamente.
Otro
ejemplo que corrobora mi línea argumental, es que en países con modelos iguales
o muy semejantes al de España, las guardias son compensadas a las farmacias que
las realizan, véase Francia.
Luego
nuestros dirigentes no pueden esconderse tras la argumentación de que no es su
problema y que lo deben resolver otros. Es su problema y deben resolverlo
ellos, y la manera más lógica y justa
seria mediante una compensación a estas farmacias sufragado por el conjunto de
la profesión.
Francisco
Glez. Lara
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