viernes, 27 de septiembre de 2019

DESDE LA ATALAYA DEL CASTILLO


GUARDIAS Y QUIMERAS

Termina un verano más y llegan los días otoñales a los pueblos, podríamos repetir esas imágenes idílicas de la marcha de los veraneantes y el regreso a esa vida suave, lenta y monótona de nuestros pueblos durante el resto del año.

Esta visión resulta agradable a nuestros compañeros, que nos ven como un baluarte de la profesión, con una actitud idílica y relajada que no crea problemas al resto de los compañeros y sus dirigentes.

Pero desgraciadamente la realidad no es como a ellos les gustaría que fuera, porque en verano o en el resto del año, los problemas de la farmacia rural siguen estando presentes, la viabilidad de muchas farmacias está en juego y el goteo de cierres continua. Y para estas y las demás la carga de las guardias sigue siendo un problema, que quizás se hace más presente en la época estival por el mal uso que los visitantes hacen de este servicio.

Durante mucho tiempo he tenido que escuchar de parte de compañeros y miembros de nuestros órganos de representación que la culpa de que tengamos que hacer tantas guardias la tiene la administración y por tanto, aunque ellos nos comprenden y nos apoyan ante la administración no pueden hacer nada. Resumiendo la administración es la gran culpable de nuestro problema y nuestros dirigentes son unos compañeros bienintencionados que se encuentran con el muro de la incomprensión y el egoísmo de la administración.

Incluso por parte de algunos, cuando insistes y los acorralas argumentalmente, te dicen sin ningún rubor que cuando te fuiste a ejercer a un pueblo ya sabias que tenías que hacer muchas guardias.

Si se molestan en ver  La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, y la Ley 25/1990, de 20 de diciembre, del Medicamento, en sus artículos 103 y 88, respectivamente, establecen la consideración de las oficinas de farmacia abiertas al público como establecimiento sanitario, y su sujeción a la planificación sanitaria en orden a garantizar la adecuada asistencia farmacéutica. Es decir la administración permite un modelo planificado para que como contraprestación se garantice una adecuada asistencia farmacéutica, verbigracia mediante un sistema de guardias.

Por su parte, el Real Decreto-Ley 11/1996, de 17 de junio, de ampliación del servicio farmacéutico a la población, en su artículo 4, contempla la jornada y horario de los servicios farmacéuticos, así como el deber de quedar garantizada la continuidad de la asistencia mediante turnos de guardia u otro sistema de permanencia que aseguren un constante servicio a la población.

Para cumplir esta función se hace necesario ordenar y regular los horarios y jornadas de atención al público, los requisitos para su ampliación y la determinación de los procedimientos a seguir, con objeto de garantizar un servicio de atención continuada a la población.

La norma es meridianamente clara en este aspecto, la administración permite un modelo regulado para que como contraprestación las farmacias garanticen una adecuada asistencia farmacéutica. Por tanto como he defendido desde hace mucho tiempo las guardias no son una obligación particular de cada farmacéutico dependiendo de la ubicación de su farmacia, es una contraprestación de todas las farmacias  a la administración y la sociedad para que se permita un modelo regulado. Y esto es tan evidente que en aquellos países donde no existe un modelo regulado, las guardias no son obligatorias y en todo caso si alguna farmacia las realiza se les compensa adecuadamente.

Otro ejemplo que corrobora mi línea argumental, es que en países con modelos iguales o muy semejantes al de España, las guardias son compensadas a las farmacias que las realizan, véase Francia.

Luego nuestros dirigentes no pueden esconderse tras la argumentación de que no es su problema y que lo deben resolver otros. Es su problema y deben resolverlo ellos,  y la manera más lógica y justa seria mediante una compensación a estas farmacias sufragado por el conjunto de la profesión.

Francisco Glez. Lara