Ante la reciente publicación por parte del Gobierno del RDL 19/2012 de 25 de mayo de medidas urgentes de liberalización del comercio y determinados servicios en cuya disposición final cuarta se deroga la tabla de márgenes, deducciones y descuentos correspondientes a la distribución y dispensación de medicamentos de uso humano aprobada, a su vez, en el RDL 16/2012 de 20 de abril, la Sociedad Española de Farmacia Rural (SEFAR) desea realizar una serie de observaciones:
- Esta Sociedad ya emitió una nota de prensa el pasado mes de abril con motivo de la publicación de la nueva escala de deducciones aprobada en el RDL 16/2012 manifestándose a favor siempre que se corrigieran algunas deficiencias encontradas en la misma debidas, en nuestra opinión, a la urgencia con la que se había tenido que tramitar el RDL de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud dada la difícil situación financiera y económica en que nos encontramos.
- La principal deficiencia que encontramos en el RDL 16/2012 era que el tramo de deducción negativa que se aplicaba a las oficinas de farmacia de menor facturación era proporcional a la facturación de las mismas y no inversamente proporcional a ésta de manera que las oficinas de farmacia de menor facturación recibirían menos retorno económico que el resto de modo que quedarían condenadas a la penuria económica y posible desaparición.
- La SEFAR presentó entonces un estudio (Análisis Práctico de la Aplicación del RDL 16/2012 en la pequeña Farmacia Rural Española) en el que se abordaba este problema y se adjuntaba una sencilla propuesta que eliminaría este error sin perjudicar a los tramos superiores de facturación.
- La SEFAR ya manifestó en la nota de prensa de abril que el nuevo tramo de deducción negativa, una vez modificado, sería, posiblemente, el mayor paso dado nunca desde la Administración para garantizar la persistencia de la Farmacia Rural y, por tanto, la adecuada atención sanitaria de toda la ciudadanía con independencia de su lugar de residencia.
- Además de lo anterior, una de las principales bonanzas de la medida tomada en el RDL 16/2012 radicaba en que era el propio sistema de oficinas de farmacia el que actuaba como regulador de esta situación de desigualdad económica sin tener que recurrir a las ayudas o subvenciones por parte del Estado con el consiguiente coste para el ciudadano. Es decir, las farmacias de mayor facturación por cuestiones de localización (en un modelo restringido de aperturas) eran las encargadas de garantizar la pervivencia de las más pequeñas y, por tanto, de garantizar la capilaridad de la prestación farmacéutica sin considerar, por nuestra parte, que esta medida tuviese un carácter confiscatorio para otras OF.
- Por todo lo anterior, la SEFAR aboga por mantener la idea original del RDL 16/2012 en lo relativo a establecer un tramo negativo en la escala de deducciones a la dispensación de medicamentos de uso humano siempre que se establezca una fórmula que beneficie más a las oficinas de farmacia más débiles y confiamos que su derogación se deba al hecho de que se estén subsanando los posibles errores de aplicación de dicha norma.
- La SEFAR mantiene su compromiso: con la Administración a la hora de aplicar las distintas medidas necesarias para el mantenimiento de nuestro sistema sanitario, con la profesión en la defensa de la accesibilidad al servicio como uno de sus principales avales, y con la población a la que asiste, al ser el único servicio sanitario presente en muchos casos de forma permanente en estas localidades.
Por todo ello seguimos a disposición de todos para trabajar de forma conjunta en el sostenimiento y la pervivencia de un sistema con tan alto nivel de valoración.
Sociedad Española de Farmacia Rural (SEFAR)
Junta de Gobierno
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