miércoles, 1 de diciembre de 2010

SENTENCIA TRIBUNAL SUPERIOR ASTURIAS

Cada día estoy más convencido que en algo estamos fallando. La sentencia del Tribunal Superior de Asturias es bastante orientativa. Resumiendo podemos decir que confirma la validez de un modelo planificado, pero a la misma vez pide mayor capilaridad, y por tanto anula, dos artículos del Decreto que establecían los módulos de población y distancia en Asturias, porque “los requisitos establecidos en el Decreto impedirían la creación de un número suficiente de farmacias”, dada la estructural poblacional de Asturias con numerosos núcleos rurales dispersos. Es decir, entienden que hay que facilitar la capilaridad del modelo y la accesibilidad de los usuarios a las oficinas de farmacia. Pero se le olvida algo fundamental, pensar en la viabilidad de esas oficinas de farmacias establecidas en pequeños núcleos, y lo que es más importante recoger las apreciaciones que hacia el abogado Poiares Maduro, sobre la necesidad de incentivar en la adjudicación de esas nuevas boticas a los farmacéuticos rurales establecidos en esos pequeños núcleos poblacionales. No olvidemos, no olvide nadie, que según la interpretación de Poiares Maduro, la planificación solo tendría sentido y justificación, cuando no se valore adecuadamente el esfuerzo realizado por la farmacia rural y se le permita promocionar de una manera preferente a las nuevas oficinas de farmacia que salgan a concurso. Pero claro, todo el mundo, interpreta la partitura según le conviene, porque todos hablan de la situación crítica de la misma, pero nadie hace nada, nadie aporta soluciones.
Francisco González Lara

No hay comentarios: