lunes, 9 de enero de 2012

Desarrollo de las medidas compensatorias previstas en el RDL 09/2011...en Andalucía

Estamos a la espera de la aplicación de las compensaciones recogidas en el RDL 09/2011.

Aunque es una norma de obligado cumplimiento, existe una cierta tardanza y desconocimiento sobre la aplicación y desarrollo de estas compensaciones, y hasta la fecha, sólo Castilla-La Mancha la ha desarrollado (sí, estáis leyendo bien, Castilla-La Mancha). 

Sé que muchos las consideraron escasas, pero también creo que l@s compañer@s que puedan resultar beneficiari@s de las mismas, seguro no van a dejar de solicitarlas. Estaremos atentos para denunciar y reclamar que el desarrollo y la aplicación de estas medidas compensatorias no se demore más de lo estrictamente necesario en cada una de las distintas CCAA ya que, como he dicho en anteriores ocasiones, y en mi humilde opinión, constituyen la primera piedra para intentar sostener este Modelo de farmacia a la espera de los necesarios cambios estructurales.

En respuesta a la insistencia de nuestra compañera "farmacéutica", os adelanto algunas cuestiones en relación a Andalucía.
1- Según mis informaciones, se está desarrollando una norma que dará desarrollo a estas compensaciones recogidas en el RDL 09/2011 (recuerdo que estas compensaciones son a nivel nacional aunque cada CCAA, como titulares de las competencias sanitarias, tienen que desarrollarlas).

2- El desarrollo previsto estará basado casi íntegramente en los criterios que recoge el RDL 09/2011, es decir, sin modificación adicional por parte de la CCAA salvo los que la Ley obligue (facturación, ubicación de la OF, etc,...) .

3- Se espera que para Febrero pueda estar lista esta norma, pero previamente la Ley obliga a dar "audiencia" a COFs y Mutuas, por lo que podría demorarse algo más. En cualquier caso, siempre tendrá carácter retroactivo, por lo que se percibirán desde Enero.

4- Una vez publicada la norma, se abrirá un plazo para que cada farmacéutic@, a título individual, presente la pertinente documentación que justifique su inclusión en el grupo de OF perceptoras de las compensaciones económicas recogidas en el RDL 09/2011.

Bueno, espero que esta información sea de interés para el que la precise y, como he dicho antes, seguiremos atentos....

Un fuerte abrazo a tod@s,
Javier

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